Si bien el máximo Tribunal de la UE redujo ligeramente la multa millonaria a Microsoft, de 899 a 860 millones de euros, sus autoridades ratificaron la sanción publicada el 27 de febrero de 2008 -Decisión C(2008) 764-.
Esta multa es la más alta de la historia de la UE y se corresponde con prácticas excesivas relacionadas con la información que Microsoft suministró a sus rivales para la fabricación de productos compatibles con el sistema operativo Windows.
Los magistrados redujeron el importe de la multa por considerar que las autoridades comunitarias permitieron al gigante del software que aplicara -hasta septiembre de 2007- limitaciones en la distribución de los productos de código abierto.
La sanción se añade a otras dos que ya ha dictado el órgano judicial comunitario. La primera, en marzo de 2004, con un valor de 497 millones de euros por abuso de posición dominante. La segunda, de julio de 2006, ascendió a 280,5 millones de euros por no ofrecer a la competencia suficiente información sobre la interoperabilidad de sus sistemas. En total, las multas aplicadas por el Tribunal con sede en Bruselas ascienden a casi 1.700 millones de euros.
La sentencia de la Justicia europea está consustanciada conforme a "los principios de evaluación elaborados por Microsoft?, según evaluaciones de la mencionada Comisión.
La información judicial indica que la firma "estaba en condiciones de apreciar si las tarifas de remuneración que exigía hasta el 21 de octubre de 2007 para dar acceso a la información relativa a la interoperabilidad eran razonables".
El fallo avala además el criterio que usó la Comisión para apreciar el "carácter razonable" de las tarifas exigidas por Microsoft, fundado en la valoración del carácter innovador de la tecnología. Según los magistrados, este criterio permite detectar si esas tarifas reflejan el valor intrínseco de una tecnología en lugar de su valor estratégico. Es decir, el precio derivado únicamente en base a los costos operativos de Microsoft.
Una vez más Microsoft Corp. reincide en prácticas desleales por no lograr desmentir con pruebas fehacientes las imputaciones de la Comisión.
De esta forma, la firma creada por Bill Gates deberá ajustarse a la regulación europea en un fallo ejemplificador, superando ampliamente la multa de 151.8 millones de euros impuesta a Telefónica en marzo de este año por obstaculizar la competencia de banda ancha española.