El ingreso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) en la Industria Cultural trajo nuevas formas de producir, acceder y consumir bienes pero también despertó el debate que incumbe a la protección de los derechos autorales de las obras en Internet. En este sentido, desde la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) reclaman una mayor participación de sus representados en los beneficios económicos que dejan las diferentes formas de consumir música en la Web e impulsan la  firma de convenios entre los actores del sector para regular la actividad.

"Queremos que haya en Internet mucha música y que la gente lo pueda escuchar pero tiene que ser de forma legal?, indicó en declaraciones a Télam el jefe del área de Recaudación de SADAIC, Eduardo Falcone.

La postura de esta entidad se enmarca en el creciente conflicto del ámbito jurídico ? político que se da a nivel mundial sobre la propiedad de los bienes culturales que circulan por la Web y los derechos de autor. En Argentina, por ejemplo, los casos más relevantes fueron las demandas hechas por cámaras empresariales y productoras a los sitios Taringa! y Cuevana. En el ámbito internacional, este debate tomó fuerza desde el surgimiento de varias leyes y proyectos (como SOPA y PIPA) que, según sus impulsores, apuntan a terminar con "la piratería online?.

En este sentido, entidades como SADAIC (que representa a autores y compositores argentinos) establecieron ciertos regímenes y convenios para regular los contenidos difundidos en la Web que estén registrados bajo su órbita. En el caso de la Argentina este organismo impulsó el "Régimen Autoral y Licencia de SADAIC para el uso de Internet y otras redes análogas?.

Esta reglamentación establece cuáles son los alcances de la licencia, las atribuciones de la entidad y una tabla con los aranceles que los diferentes actores deben pagar para poder reproducir o facilitar la descarga en la red del "conjunto de las obras musicales, o literarias musicalizadas, ya sean originales, en colaboración, arreglos, adaptaciones, versiones, recopilaciones, transcripciones y/o toda otra modificación?.

Por ejemplo: con la música a elección para descargar (downloading), el responsable del sitio paga mensualmente a SADAIC el importe que resulte de aplicar los porcentajes respectivos, en este caso, el 10 por ciento con un mínimo de $ 0,25 por cada una; mientras que  la música a la carta sin descarga (streaming) cuesta el 10 por ciento  con un mínimo mensual de acuerdo a una escala estimada en 100 pesos hasta 5 mil visitas mensuales, 200 pesos entre 5.001 y 10 mil visitas mensuales, 1000 pesos entre 10.001 y 50 mil visitas mensuales,  1.350 pesos entre  50.001 y 100 mil visitas mensuales y 1650 pesos entre 100.001 y 150 mil visitas mensuales.

El alcance de este régimen, pero con diferentes tarifas, también abarca a: producciones audiovisuales que contengan obras musicales o fragmentos, Webcasting / Streaming no interactivo, Simulcasting (programas radiales o televisivos por Internet), actos de naturaleza publicitaria y obras musicales o fragmentos en video juegos, karaokes y videokes.

El pago de los aranceles por parte de los responsables de cada sitio se realiza en la entidad luego de presentar una declaración jurada en la que se detallan las actividades y el tráfico de la página Web. Recién después de eso los representados por SADAIC cobran  si sus obras fueron utilizadas en dicho listado.

"Con Internet las cosas cambian porque se hacen muy difíciles los controles. No siempre son personas físicas o jurídicas fáciles de identificar como puede ser una radio?, explicó Falcone.

De igual modo, el Jefe del área de Recaudación de SADAIC remarcó que dicha sociedad ha realizado una serie de convenios especiales con sitios y firmas en donde se reproducen o se facilita la descarga de producciones musicales como Youtube (Google Inc.), Sonora (Telefónica) y Nokia, entre otras.

Falcone consideró que este tipo de convenios y el cumplimiento del Régimen Autoral y Licencia es la mejor manera de legalizar la escucha de música por Internet y que todas las partes se puedan ver beneficiadas.

"También las mismas condiciones de la tecnología y el mercado hicieron que establezcamos licencias comunes con otras asociaciones y cámaras de la región como son el caso de Chile, Uruguay, y otros países?, agregó.